FONDO de RESIDUOS
La Ley Foral 14/2018, de 14 de junio, de residuos y su fiscalidad contempla la creación del Fondo de Residuos, conforme a los artículos 42 y 43, para financiar medidas que tengan por objeto mitigar los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente asociados a la generación y gestión de residuos.
La distribución anual del Fondo de residuos se tiene que realizar de acuerdo con el criterio de priorización de los escalones superiores de la jerarquía de residuos, el cumplimiento de los objetivos, urgencia ambiental, proporcionalmente a la aportación económica de cada flujo de residuos al mismo y según las siguientes materias:
a) Promoción de acciones de prevención de residuos.
b) Investigación y desarrollo en materia de gestión de residuos, incluyendo el ecodiseño.
c) Sensibilización, comunicación, acompañamiento, educación y formación.
d) Actuaciones de preparación para la reutilización.
e) Actuaciones de impulso a la economía circular y lucha contra el cambio climático en relación con los residuos.
f) Mejora de los sistemas de recogida selectiva.
g) Optimización y mejora de los sistemas de reciclaje y valorización material.
h) Voluntariado en materia de residuos.
i) Recuperación de zonas degradadas causadas por residuos.
j) Mejora en los sistemas de trazabilidad, control y estandarización de las instalaciones de gestión de residuos.
k) El establecimiento de pago por generación.